SENASA APRUEBA MEDIDAS PARA PREVENIR INFLUENZA AVIAR

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobó este martes medidas sanitarias para  prevenir y controlar la propagación  de la influenza aviar de alta patogenicidad a nivel nacional.

Dicha  resolución    indica que, en caso de incumplimiento de las medidas sanitarias establecidas,  SENASA  podrán disponer el comiso y la destrucción de las aves y sus productos, así como la adopción de medidas administrativas en lo que corresponda.

La vigencia de estas disposiciones está sujeta a la evaluación epidemiológica que realice el referido organismo.

Senasa, en coordinación con la junta directiva de la Asociación Peruana de Avicultura y  la Asociación Nacional de Criadores y Propietarios de Gallos de Pelea, y otras agremiaciones avícolas, realiza diversas reuniones de trabajo con el objetivo de fortalecer y garantizar la sanidad avícola en el país.

La norma establece que la vacunación es obligatoria en predios de aves de pelea y granjas comerciales de los giros de reproductoras y que deberá ser supervisada por un veterinario autorizado en sanidad avícola o médico veterinario colegiado responsable de sanidad.

Una de  las principales obligaciones del médico veterinario es  supervisar y certificar las condiciones de bioseguridad del establecimiento avícola, supervisar el proceso de vacunación según permiso otorgado por el Senasa e informar dentro de las 96 horas de haber  culminado dicho proceso y, finalmente, reportar de inmediato cualquier reacción adversa.