COMO ACCEDER A LA EXONERACION O REBAJA DE TRIBUTO

Las municipalidades distritales  desde los primeros meses empiezan a repartir las cuponeras  en las cuales se detalla cuánto debe pagar por Impuesto Predial y arbitrios.

En el caso del impuesto predial se aplica el tributo al valor de los predios urbanos y rústicos, sobre la base del autovalúo,

El autovalúo es el monto que se establece por el valor del predio, de acuerdo a algunos criterios aprobados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Gálvez detalla que el Impuesto Predial se calcula mediante una escala progresiva, considerando el valor del autovalúo dividido en Unidades Impositivas Tributarias (UIT):

*Si el valor del autovalúo es hasta 15 UIT se pagará el 0.2% de dicho valor.

*Si el autovalúo está entre más de 15 UIT y 60 UIT se pagará el 0.6%.

*Si el valor del autovalúo supera las 60 UIT, se pagará el 1%.

Álvaro Gálvez señala que, para el caso de impuesto predial, existe un beneficio para disminuir o exonerar el pago de este tributo municipal a los adultos mayores de 60 años.

Dicho beneficio está dirigido a todas las personas mayores de 60 años, ya no solo para los pensionistas. Pero también deben cumplir el requisito de tener un ingreso mensual que no exceda 1 UIT.

Para acceder al descuento o exoneración del impuesto predial, se tiene que deducir un monto equivalente a 50 UIT del valor de su autovalúo.

Es decir, que si el valor de este excede las 50 UIT se deberá pagar el impuesto predial sólo por la diferencia restante. Cabe señalar que la UIT para el año 2024 equivale a S/ 5,950.